, Información de la reapertura de aeropuertos en Honduras

Información de la reapertura de aeropuertos en Honduras

Honduras planea la reapertura de sus aeropuertos para atender en primer lugar vuelos locales y luego recibir viajes internacionales. La Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil ha informado que toda la cadena de suministro del transporte aéreo está lista con las medidas de bioseguridad, salud, capacitación e inversión para iniciar con la actividad comercial.

A continuación, podrá ver cuáles son los países y vuelos autorizados; requisitos; aislamiento; y fases para informarle sobre la reapertura de los aeropuertos.

1.- Países autorizados y vuelos

¿Cuáles son los países desde donde se recibirán vuelos comerciales?

A la fecha no se han designado oficialmente los países de los cuales se estarán aceptando vuelos comerciales, pero se espera que sean proveniente de Estados Unidos de América y Centro américa. A partir del 17 de agosto se iniciarán los vuelos comerciales pilotos desde y hacia EEUU y Centroamérica. –

Seguirán realizándose vuelos de repatriación

Desde los aeropuertos internacionales seguirán operando los vuelos de repatriación. Hasta la fecha los vuelos de repatriación se han realizado desde y hacia Houston y Fort Lauderdale en Estados Unidos y Madrid, España; y, realizando vuelos excepcionales provenientes de Colombia y México.

¿Puede un pasajero volar desde otro país a alguno de los países autorizados para desde ahí volar a Honduras? Por ejemplo, volar de EE.UU. a Canadá para volar a Honduras.

Sí, siempre y cuando se cumplan con las medidas de bioseguridad en cada país.

Adicionalmente, se deberá establecer esta información al momento de ingresar al territorio hondureño, para establecer las medidas aplicables según cada caso, entre ellas, la medida que más se aplica es la del seguimiento por oficiales de la Secretaria de Salud para verificar si los pasajeros desarrollan o no síntomas.

La apertura es para estas nacionales y/o residentes? Por ejemplo, ¿se le permitirá el ingreso un mexicano que viva en alguno de estos países?

Hasta el momento no, únicamente para hondureños y aquellos extranjeros que comprueben su residencia legal en el país. Pero, se espera que en las próximas semanas si se permita el ingreso a extranjeros.

  • ¿Qué sucede si un pasajero viaja desde alguno de estos países, pero tiene una condición migratoria irregular en ese país?

El pasajero será entrevistado por un oficial de migración para comprender el porqué del estatus inmigratorio irregular, y deberá mostrar suficiente acreditación, de la razón para el vuelo a Honduras, que, en esta etapa, únicamente sigue siendo aceptada como causa, la repatriación.

  • ¿Se reanudará la emisión de visas en los consulados de Honduras?

No, por el momento.

  • ¿Pueden llegar al país vuelos privados desde países autorizados o no autorizados con residentes de esos países?

Únicamente en el caso que cuente con autorización emitida por SINAGER.

Se han dado casos de vuelos de países que han demostrado interés de repatriación de hondureños para lo cual se han autorizados vuelos Chárter específicos.

¿Puede un hondureño o residente en Honduras contratar un vuelo privado hacia un país no autorizado?

No por el momento, se ha restringido los vuelos únicamente para propósito de repatriación.

2.- Requisitos

¿Cuáles son los nuevos requisitos de ingreso?

A) Completar la información en https://prechequeo.inm.aob.hn de:

  • Realizar el Pre-registro migratorio
  • Ficha de Vigilancia de la Salud
  • Rendir Declaración Jurada que se someterá a las disposiciones sanitarias del país.
  • Formulario de Aduanas

B) Todo pasajero deberá presentar resultado negativo de la prueba Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real o prueba rápida con un mínimo de especificidad del 85%, Sensibilidad 98% para el COVID-19, realizada en periodo no mayor a setenta y dos (72) horas antes del ingreso al país. En caso fortuito o de fuerza mayor, el pasajero se someterá a la evaluación clínica por el personal de la Oficina Sanitaria Internacional.

C) Cumplir obligatoriamente con el Protocolo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional al momento de ingreso al país (evaluación clínica y cuarentena obligatoria) si la autoridad sanitaria así lo determina.

D) Cumplir con las demás medidas de bioseguridad establecidas en los Protocolos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (uso obligatorio de mascarilla).

E) Todo viajero deberá asegurarse que reúne los requisitos de salida del país e ingreso al país de destino. El cumplimiento de los requisitos corren por cuenta del pasajero.

¿Qué pasa si un pasajero extranjero desarrolla síntomas?

Si un pasajero extranjero desarrolla síntomas de infección respiratoria aguda o muestra signos o síntomas compatibles con una enfermedad contagiosa, incluido el COVID-19, se someterá al proceso establecido en el protocolo de medidas de bioseguridad de aeropuertos internacionales de Honduras (Industria de la Aviación civil) Sección 7 y 8 del manejo de casos sospechosos en aeropuertos y aeronaves

¿Cuáles son las medidas de prevención adicionales que se llevaran a cabo en los aeropuertos?

Para efectos de movilización desde y hacia los aeropuertos debe portar su boleto aéreo ya sea en forma digital o física, el cual será válido excepcionalmente para los viajeros, incluyendo los días sábados.

Queda terminantemente prohibido la circulación e ingreso a las terminales aéreas de cualquier persona que no sea pasajero, con excepción del acompañante de pasajeros de la tercera edad, personas con movilidad limitada y menores de edad que viajen solos cuyos padres o tutores deban hacer el respectivo trámite.

3.- Aislamiento domiciliar

En la actualidad, todos los pasajeros que ingresan en el país, se les solicita realizar aislamiento domiciliario, para este fin, deben de firmar una declaración jurada, consignado su domicilio para realizar el seguimiento correspondiente por parte del personal de Salud designado, y estableciendo los síntomas al momento del ingreso del país, y comprometiéndose a seguir fielmente las indicaciones que en dicho momento se ordene.

El aislamiento deberá ser realizado por un periodo de 14 días a 21 días, dependiendo de lo designado por el funcionario de salud y la condición del pasajero y en completo aislamiento.

4.- Fases de Aplicación en Honduras

Fase 1

Preparación en los aeropuertos para la verificación del cumplimiento e implementación de medidas de Bioseguridad, tanto para los empleados, como para los pasajeros. Así como la realización de simulacros en los 4 aeropuertos.

Esta Fase, se ha implementado a partir del 15 de julio del año en curso.

Fase 2

Es la Fase estrategia técnico operacional para la activación del transporte aéreo comercial, empieza el 10 de Agosto del año en curso.

Se apertura los vuelos comerciales locales, para evaluar el funcionamiento y readecuar los procesos de bioseguridad en caso que sea necesario.

Se proyecta la activación del transporte aéreo nacional de pasajeros, carga y correo, en los siguientes aeropuertos:

  1. Aeropuerto Internacional Toncontín, en la ciudad de Tegucigalpa, con un horario de atención de lunes a sábado de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.
  2. Aeropuerto Internacional Ramón Villeda Morales, en la ciudad de San Pedro Sula con un horario de atención de lunes a sábado de 7:00 de la mañana a 7:00 de la noche.
  3. Aeropuerto Internacional Juan Manuel Gálvez, en la ciudad de Roatán con un horario de atención de lunes a sábado de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.
  4. Aeropuerto internacional Golosón, en la ciudad de La Ceiba con un horario de atención de lunes a sábado con un horario de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.

Fase 3

Para el 17 de agosto del 2020, se ha proyectado la activación del transporte aéreo internacional, donde se elegirán los países dentro de los cuales se realizarán los vuelos comerciales internacionales pilotos, esta fase está sujeta al éxito de la Fase II, por lo que está condicionada a que previamente se realice lo siguiente:

  1. Análisis y aprobación de un Comité Interinstitucional que verificará los resultados de la apertura con los vuelos nacionales.
  2. Restricciones de operación en los aeropuertos.
  3. Nuevos itinerarios consensuados con los diferentes actores de la aviación civil.
  4. Verificación del Cumplimiento de las medidas establecidas.

Las aerolíneas por su parte, deberán entregar los manuales de bioseguridad a la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, para ser evaluados y autorizados consecuentemente.

En esta fase se realizará restricciones de horarios y de vuelos.

Fase 4

Consistente en la reactivación total del aeropuerto y sus operaciones en vuelos locales e internacionales.

Esta información está actualizada al 10 de Agosto 2020. Para mayor información contáctenos en info@central-law.com

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