, Panamá | Laboral: Ley 513 de 2026 – Estructura y alcance del programa de pasantías

Panamá | Laboral: Ley 513 de 2026 – Estructura y alcance del programa de pasantías

  • Categoría de la entrada:Honduras
  • Comentarios de la entrada:Sin comentarios

La Ley N.° 513 de 20 de marzo de 2026 introduce en Panamá un marco normativo específico para la regulación de las pasantías juveniles, estableciendo de manera expresa sus condiciones, alcance y elementos operativos dentro del sector privado y entidades sin fines de lucro.

El programa está dirigido a jóvenes entre 18 y 25 años, así como a menores de edad con título de educación media, quienes podrán incorporarse a entornos laborales con el propósito de adquirir experiencia práctica. La normativa dispone que estas actividades deben desarrollarse bajo un enfoque formativo, orientado al fortalecimiento de competencias profesionales en un entorno supervisado.

Uno de los aspectos centrales de la ley es la definición de la naturaleza jurídica de la pasantía. Se establece expresamente que esta modalidad no genera relación laboral ni derechos sociales, lo que delimita su alcance dentro del ordenamiento jurídico panameño. No obstante, su aplicación práctica deberá analizarse con cautela, a fin de evitar interpretaciones que puedan desvirtuar su carácter formativo.

En cuanto a su estructura, la ley regula el número de pasantes que pueden ser incorporados por empresa, tomando como referencia el tamaño de la planilla. Las empresas con hasta 50 trabajadores podrán contar con 2 pasantes; aquellas con entre 51 y 100 empleados, hasta 4; de 101 a 200 trabajadores, hasta 6; y las empresas con más de 200 colaboradores podrán incorporar hasta el 3% de su fuerza laboral. Este esquema establece una proporción definida que permite la integración ordenada de los participantes.

La normativa también fija condiciones específicas para el desarrollo de la pasantía, estableciendo una duración máxima de un año. Durante este período, los participantes deberán ejecutar actividades bajo supervisión, con un componente formativo alineado a su preparación académica o técnica.

Desde la perspectiva económica, se dispone de una retribución mensual de USD 450.00, la cual no constituye salario, sino un reconocimiento económico derivado de la participación en el programa. Asimismo, las empresas deberán contratar una póliza de seguro que cubra a los participantes durante el desarrollo de sus actividades, como parte de las condiciones obligatorias.

En el ámbito administrativo, la ley incorpora mecanismos de registro y control que permiten dar seguimiento a los participantes dentro de las estructuras empresariales, fortaleciendo la trazabilidad y supervisión del programa.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral será la entidad encargada de la implementación, supervisión y registro del programa, así como de la habilitación de mecanismos de control que permitan verificar el cumplimiento de la normativa.

Adicionalmente, la ley establece un régimen sancionatorio aplicable en caso de incumplimiento, con multas que oscilan entre USD 250.00 y USD 500.00.

En conjunto, la Ley 513 configura un marco jurídico claro que regula las pasantías en Panamá, integrando elementos formativos, económicos y administrativos dentro de un esquema estructurado y supervisado. Su correcta implementación será determinante para garantizar que esta figura pueda ser utilizada sin generar distorsiones en el ámbito laboral.

Para mayor información contáctenos a info@central-law.com

Aldemara Jaén

Asociada Senior

Disclaimer: Este contenido es meramente informativo no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.

Deja una respuesta