Panamá a través de la Ley 189 de 17 de diciembre de 2020, crea un régimen especial de Impuesto Sobre la Renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), a los empresarios y a los emprendedores, como parte del plan para la reactivación económica del país luego del Covid-19.
Este proyecto representa un alivio fiscal para las MIPYMES, que según el Ministro de Economía y Finanzas de Panamá representan el 90% de las empresas del país y generan más del 70% de los puestos de trabajo.
Pero que tipos de empresas son consideradas MIPYMES?
- Empresas registradas en AMPYME.
- Que perciba ingresos brutos menos a USD$.500,000.00
- Que las acciones o cuotas de participación sean emitidas de forma nominativa a personas naturales.
- Que no resulte en el fraccionamiento de una empresa en varias personas jurídicas.
Beneficios Fiscales:
1- Reducción en las tarifas de Impuesto Sobre la Renta para personas jurídicas consideradas MIPYMES pagarán de conformidad con lo siguiente:

2.- Exención del pago del Impuesto Complementario, aplicable a empresas que no distribuyan utilidades.
3.- Reducción en las tarifas del Impuesto Sobre la Renta para personas naturales considerado Micro, pequeño y mediano empresario pagará de conformidad con lo siguiente:

4.- La Ley es retroactiva y surte efectos desde el 1 de enero de 2020.
Notas: AMPYME es Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa https://ampyme.gob.pa/
Para mayor información, contáctenos en: info@central-law.com
Ana Cristina Arosemena Benedetti
Socia
Panamá