, Guatemala | Compliance: nueva legislación redefine las obligaciones en materia de prevención

Guatemala | Compliance: nueva legislación redefine las obligaciones en materia de prevención

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El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto 15-2026, que contiene la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. La nueva legislación unifica en un solo cuerpo legal el régimen anteriormente contenido en los Decretos 67-2001 y 58-2005. A la fecha, el Decreto se encuentra pendiente de sanción, promulgación y publicación y, conforme al texto aprobado, entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Diario Oficial.

Ampliación del alcance de las Personas Obligadas

Uno de los principales cambios introducidos por el Decreto es la ampliación del universo de Personas Obligadas, al incorporar a personas individuales y jurídicas que desarrollen determinadas actividades financieras, comerciales o profesionales, aun cuando no estén sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Bancos. Entre ellas se encuentran proveedores de servicios de activos virtuales, personas que presten servicios relacionados con la constitución, administración o gestión de personas jurídicas, estructuras jurídicas o fideicomisos, así como determinados profesionales que intervengan en las operaciones previstas por la ley, entre otros.

Asimismo, la legislación adopta un enfoque basado en riesgos, por lo que las Personas Obligadas deberán identificar, evaluar, mitigar y monitorear su exposición al lavado de dinero, al financiamiento del terrorismo y al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva mediante políticas, procedimientos, controles y manuales de prevención acordes con la naturaleza y complejidad de sus actividades. Además, fortalece las medidas de debida diligencia al incorporar una definición expresa de beneficiario final, diferenciándola del concepto de cliente y reforzando las obligaciones de conocimiento del cliente (KYC) y de monitoreo continuo.

Nuevas obligaciones e institucionalidad

La nueva legislación incorpora obligaciones de reporte de operaciones sospechosas, conservación de registros y atención oportuna a los requerimientos de información de las autoridades competentes. Asimismo, prevé el cumplimiento de las sanciones financieras dirigidas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, incluido el congelamiento de fondos cuando corresponda.

Entre los cambios institucionales, el Decreto crea el Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), amplía las facultades de supervisión de la Superintendencia de Bancos a través de la Intendencia de Verificación Especial, establece un régimen administrativo sancionatorio, actualiza los tipos penales relacionados con estos delitos e incorpora la obligación de reportar al Registro Mercantil la información sobre los accionistas y las modificaciones de la composición accionaria de las sociedades anónimas.

Implicaciones para las organizaciones

La entrada en vigor del nuevo régimen implicará la revisión de los programas de cumplimiento existentes, particularmente en materia de beneficiario final, debida diligencia y enfoque basado en riesgos. Por su parte, los sectores incorporados por primera vez deberán implementar las medidas de cumplimiento previstas por la ley y atender los requisitos que establezcan las autoridades competentes.

Asimismo, se prevé la emisión de reglamentación complementaria para desarrollar diversos aspectos operativos de la legislación. En ese contexto, resulta recomendable que las personas y entidades potencialmente comprendidas por el nuevo régimen verifiquen si se encuentran dentro de la definición de Personas Obligadas y revisen sus procesos internos con el fin de adecuarlos a las nuevas disposiciones antes de la entrada en vigor de la ley.

Para mayor información contáctenos a info@central-law.com  

Verónica González 

Abogada Asociada – Guatemala

Disclaimer: Este contenido es meramente informativo no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.

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