, GUATEMALA – Reformas en seguridad social

GUATEMALA – Reformas en seguridad social

El Acuerdo Gubernativo Número 239-2022 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicado en el Diario oficial el 28 de septiembre 2022 aprobó el Acuerdo 1520 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- mediante el cual se reformo el Acuerdo Número 1421 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -IGSS- “Reglamento sobre Recaudación de Contribuciones al Régimen de Seguridad Social”. Asimismo, dicho Acuerdo 1520 fue publicado en el Diario oficial mencionado, entrando ambos acuerdos en vigor el día de su publicación.

Las reformas en los Artículos 4 y 5 son acerca de la fijación de un monto base para el cálculo de la contribución mínima mensual a la Seguridad Social, en los casos en que el trabajador devengue un salario menor a dicha base. Dicho monto se determinará de conformidad con la cantidad establecida como salario mínimo mensual fijado por el Organismo Ejecutivo para la actividad que corresponda (agrícola, no agrícola, maquila). El patrono quedará a cargo de pagar el monto correspondiente a  la contribución mínima y la suma de las contribuciones laboral y patronal calculadas con base al salario devengado efectivamente por el trabajador. En consecuencia, el empleado que no devengue el salario mínimo mensual únicamente deberá realizar su contribución a la seguridad social sobre el monto del salario que devenga y el empleador deberá contribuir sobre la diferencia de la cuota patronal y laboral (factor de expansión) necesaria para cubrir la contribución mínima mensual a la seguridad social que se establece sobre el salario mínimo correspondiente.

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Verónica González

CENTRAL LAW en Guatemala

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