, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia en Costa Rica

Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia en Costa Rica

En el mes de setiembre 2019 se aprobó en Costa Rica la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia, lo que dará pie a una competencia regulada lo cual generará beneficios a la ciudadanía, pues propicia precios más bajos, variedad y opciones de escogencia en cuanto a productos, según autoridades de la OCDE.

Su principal objetivo es la modernización del funcionamiento de la Comisión para la Promoción de la Competencia (COPROCOM), la cual contará con independencia jurídica, administrativa, técnica y presupuestaria. Está iniciativa tuvo origen en el marco de una serie de recomendaciones que ha dado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a Costa Rica como parte del proceso de admisión.

La ley contiene sanciones más altas a nivel empresarial, como por ejemplo las empresas que incurran en prácticas monopolísticas, la legislación establece sanciones como la prohibición del agente económico y de sus representantes legales de participar en todo tipo de contratación administrativa con cualquier entidad pública por un plazo de entre dos y diez años. En caso de que funcionarios públicos o personas físicas formen parte de este tipo de prácticas, se le impondrá una multa de igual forma, equivalente a un salario base y hasta 680 salarios base.

La ley establece una categorización de multas según el tipo de infracción, las cuales podrían ser:

  • Leves: Multa del 0,1% hasta el 3% del volumen de negocios total del agente económico en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior al de la imposición de la sanción
  • Graves: Multa del 0,1% y hasta el 5% del volumen de negocios total del agente económico en el ejercicio fiscal
  • Muy Graves: Multa del 0,1% y hasta el 10% del volumen de negocios total del agente económico en el ejercicio fiscal

COPROCOM velará por el comportamiento en el mercado de las empresas del sector privado, público, informales o formales con respecto a la igualdad de condiciones. En caso de duda sobre algún abuso en precios de productos o en servicios, puede solicitarse a Coprocom un estudio e investigación para determinar si hay una violación a ciertas normas que está en la ley original.

Se preveé que la competencia disminuya la desigualdad y que torne más eficientes a las empresas, reduciendo costos, eficiencia en los procesos, aumentando la creatividad, diversificando los productos y dando más formas de satisfacción del consumidor, como parte de sus ventajas. El Estado obtiene su beneficio al contar con una economía más dinámica, competitiva, productiva, un mayor desarrollo económico y permite recaudar más ingresos fiscales sin aumentar las tasas de impuestos.

Con esta ley, Costa Rica busca modernizar la institucionalidad pública y contar con una legislación que permita de manera más efectiva resguardar a los mercados de prácticas contrarias al comercio justo, así como promover la competencia y libre concurrencia.

La implementación de esta ley, en conjunto con otras medidas que deberán tomar las autoridades de competencia, son vitales para lograr la aprobación del Comité de Competencia de la OCDE y con ello estar más cerca de cumplir la meta del país de formar parte de esta organización en el 2020.

Beneficios de la nueva ley

El objetivo principal es fortalecer la figura de las autoridades que tienen a su cargo velar por la competencia: la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) y la Comisión para la Promoción de la Competencia (COPROCOM).

Además, se introduce un procedimiento ágil y transparente para su elección, tipifica las prácticas y sanciones eficaces para disuadir conductas ilegales y establece instrumentos novedosos como el programa de clemencia y la mejora de procedimientos de investigación y sanción.

Traerá beneficios tanto a consumidores como a empresarios. Los primeros podrán contar con autoridades de fiscalización robustas, con facultades para velar efectivamente porque haya competencia en las diferentes áreas del quehacer económico, lo que se verá traducido en mejores precios y aumento de la oferta, en cuanto a la variedad y calidad de los productos que se podrán adquirir. El sector empresarial se verá fortalecido con más espacios donde ofrecer su producción de bienes o servicios, ya que una mayor competencia promueve la innovación y una mayor competitividad por parte de las empresas.

Resumen de la ley

Las principales reformas introducidas por esta Ley son:

– Control de concentraciones:  Se reforma el sistema de revisión y aprobación de fusiones y adquisiciones.  La principal novedad es la creación de un procedimiento de dos etapas, que acelera la aprobación de las transacciones, concentrando los esfuerzos de la autoridad únicamente en las que generan riesgos para la competencia.

Se elimina la posibilidad de notificar las transacciones después del cierre del negocio, y establece la obligación de suspender la ejecución del negocio hasta tanto no se obtenga la aprobación.

Se modifica también la forma de determinar los umbrales de notificación, así como el estándar legal de valoración, para que se enfatice en el análisis de los efectos de la transacción y no únicamente en si las partes del negocio tienen o no poder de mercado.

– Infracciones y sanciones:  Ampliación de infracciones e incremento de las multas hasta un 10% de los ingresos de la empresa. Se sancionará también a quienes promuevan o faciliten la realización de prácticas anticompetitivas, aún cuando no participen en ellas. Se aumenta también la multa para las personas físicas que participen de las prácticas prohibidas.

– Programas de cumplimiento voluntario:  Los programas voluntarios de cumplimiento de la ley que cumplan con determinados requisitos se considerarán un atenuante al valorar las sanciones a imponer por parte de la autoridad.

– Inmunidad y reducción de multas:  Quienes reconozcan cometer una infracción y colaboren en su investigación podrán recibir inmunidad total o parcial de las sanciones. Además, se agregan supuestos en los cuales se puede terminar anticipadamente una investigación, ya sea con o sin aceptación de los cargos.

– Nuevo procedimiento de investigación:  El procedimiento a seguir ante la autoridad para investigar prácticas prohibidas, se sustituye por uno de plazos más cortos y con una mayor protección del debido proceso y el derecho de defensa.

– Reorganización de COPROCOM:  Independencia jurídica, administrativa, técnica y presupuestaria. Se conformó un tribunal de 3 miembros a tiempo completo, en lugar de una comisión temporal.

– Abogacía de la competencia: Se fortalecen las potestades para eliminar o modificar regulaciones que generen barreras a la competencia en el mercado, así como para revisar y promover reformas a los monopolios creados por ley.

Para mayor información sobre este tema o de necesitar asesoría legal de CENTRAL LAW en materia de derecho de competencia en Costa Rica, contáctenos en info@central-law.com

Tomás Quirós
Socio
CENTRAL LAW
Costa Rica

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