Las recientes reformas a la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones introducen cambios relevantes para las empresas que están evaluando nuevos proyectos de expansión en El Salvador.
Entre las principales modificaciones se encuentra la reducción de 10 a 5 años de la antigüedad mínima requerida para acceder a los créditos tributarios de expansión, así como la posibilidad de que varias sociedades vinculadas puedan ser consideradas como una sola unidad económica cuando desarrollen conjuntamente un proyecto de inversión de al menos US$75 millones.
Estas modificaciones amplían las posibilidades para grupos empresariales y compañías con operaciones relativamente recientes en el país, pero también hacen más relevante la revisión previa de su estructura corporativa, fiscal y operativa.
¿Cuándo puede un grupo ser considerado una unidad económica?
La reforma permite que varias sociedades vinculadas puedan acogerse conjuntamente al régimen, pero no basta con que tengan accionistas comunes o que informalmente pertenezcan al mismo grupo.
Debe existir una relación de control societario, directa o indirecta, mediante una participación superior al 50% de las acciones o participaciones con derecho a voto entre las sociedades involucradas.
Además, el Grupo Empresarial debe estar representado por una sociedad matriz domiciliada y operando en El Salvador, y las compañías participantes deben acreditar que forman parte de una misma cadena productiva o logística.
Para acogerse conjuntamente al régimen, el proyecto de expansión deberá representar una inversión agregada mínima de US$75 millones, mientras que cada sociedad participante deberá realizar individualmente una inversión de al menos US$1 millón.
Bajo este esquema, el Grupo Empresarial puede acceder al rango del crédito tributario del 30%, aunque el beneficio correspondiente a cada sociedad se determina sobre la inversión efectivamente ejecutada por ella.
El due diligence debe comenzar antes
Para los grupos empresariales interesados en aprovechar este régimen, la revisión no debería comenzar con la solicitud del beneficio.
Resulta recomendable realizar previamente un due diligence corporativo y fiscal que permita reconstruir la cadena de propiedad y control, identificar beneficiarios y porcentajes de participación y revisar libros de accionistas, certificaciones societarias, pactos sociales y sus modificaciones.
También será importante comprobar que tanto la matriz como las subsidiarias cumplen individualmente con los requisitos aplicables.
La revisión debería incluir, además, un mapeo de qué sociedad ejecutará cada componente del proyecto y cómo las distintas compañías participan dentro de una misma cadena productiva o logística.
US$75 millones no es el único requisito
Alcanzar el umbral económico es solo una parte del análisis.
El grupo deberá estar en condiciones de demostrar documentalmente que existe una verdadera relación empresarial entre sus integrantes, que las sociedades cumplen los requisitos establecidos y que el proyecto conjunto responde a una estructura económica y productiva real.
Además, las compañías participantes pueden quedar sujetas a obligaciones y procesos de fiscalización individual.
Por ello, antes de incorporar una sociedad al proyecto conjunto, conviene identificar anticipadamente posibles contingencias fiscales, corporativas y regulatorias.
Más empresas pueden acceder al régimen
Otro de los cambios relevantes es la reducción de 10 a 5 años de la antigüedad mínima requerida.
Esto amplía el universo de empresas que pueden evaluar el régimen, particularmente aquellas que iniciaron operaciones en El Salvador durante los últimos cinco a diez años y que actualmente estén considerando ampliar su capacidad productiva, infraestructura, maquinaria, tecnología o logística.
El análisis puede resultar especialmente relevante para empresas que operan en sectores contemplados por la Ley, entre ellos:
- textil y confección;
- agroindustria;
- alimentos y bebidas;
- autopartes;
- electrónica;
- productos plásticos;
- calzado;
- productos químico-farmacéuticos;
- productos para la construcción; y
- fabricación de papel y sus productos.
La estructura societaria pasa a ser estratégica
Las empresas interesadas en realizar una expansión deberían revisar desde la etapa de planificación cuál entidad ha desarrollado históricamente la operación en El Salvador, desde cuándo puede acreditarse esa actividad y qué sociedad será la responsable de ejecutar la nueva inversión.
Esto resulta especialmente importante antes de realizar fusiones, aportes de activos, transferencias de acciones, reorganizaciones intragrupo o constituir nuevas sociedades.
Una reestructuración que no considere previamente los requisitos del régimen podría afectar la continuidad que debe acreditarse, trasladar la inversión a una entidad sin la antigüedad necesaria o generar inconsistencias entre la sociedad que ha desarrollado históricamente la operación y aquella que pretende acceder al incentivo.
En este nuevo escenario, la estructura corporativa deja de ser únicamente una cuestión organizativa y pasa a convertirse en una variable estratégica de la inversión.
Las compañías con cinco o más años de operación que estén evaluando una expansión relevante deberían revisar desde ahora su estructura societaria, fiscal y operativa, antes de ejecutar la inversión y no una vez que el proyecto ya esté en marcha.
Autor:
Francisco Murillo
Socio – CENTRAL LAW en El Salvador
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Disclaimer: Este contenido es meramente informativo y no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal o tributaria de su autor ni de CENTRAL LAW.



