Sobre las medida legales adoptadas en relación con la situación del COVID-19, en Costa Rica a partir del mes de Enero 2021 no hay medidas de ayuda para el obligado tributario, todo vuelve a la normalidad tanto en deberes formales como materiales.
DECLARACIONES AUTOLIQUIDATIVAS
Vencimiento Mensual
- Dentro de los primeros tres días hábiles siguientes de efectuada la percepción al tarjetahabiente.
D-102 “Declaración jurada de percepción de IVA de Emisores de Tarjetas”.
- Dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al mes en el que se efectuó la venta del servicio o bien intangible
D-185 Declaración informativa cobro del impuesto sobre el Valor Agregado por intermediarios de servicios digitales transfronterizos, inscritos ante la DGT.
- Presentación dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes
D-150 Declaración Mensual Resumen de Retenciones Pago a Cuenta Impuesto a las Utilidades.
D-155 Declaración Mensual Resumen de Retenciones Pago a Cuenta Impuesto al Valor Agregado e Impuesto sobre la Renta
- Vencimiento mensual pagadero dentro de los primeros 15 DÍAS NATURALES de cada mes
D-103-1 Declaración Jurada de Retención en la Fuente. Salarios (Aplicación de tabla escalonada mensualmente), Dietas, gratificaciones y otras prestaciones de servicios personales 15% – Por transportes, comunicaciones, reaseguros, películas cinematográficas, 3% – Instituciones Estatales 2%.
D -103 – 2 Declaración Jurada de Retenciones en la Fuente Capital Mobiliario – Intereses: Retenciones por la Cesión de Fondos de Terceros – Operaciones de Recompras o Reportos de Valores – Título Valores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal – Títulos emitidos por Cooperativas de Ahorro y Crédito- Títulos Valores Sistema Nacional para la Vivienda (Ley 7092).
D-103-2 Declaración Jurada de Retenciones en la Fuente por Remesas al Exterior : Transporte y Comunicaciones 8,5% – Reaseguradoras y Reafianzamientos 5,5% – Películas, historietas, noticias y cualquier medio de difusión de imágenes o sonidos 20% -Utilidades, dividendos y similares (5% y 15% según corresponda conforme a la Ley) – Radionovelas y Telenovelas 50% – Asesoramiento técnico financiero, patentes, franquicias, cánones o Derechos de Licencia, (royalties y/o regalías y otros) 25% -Honorarios, Comisiones, dietas y otros Servicios Personales 25% – Pensiones, Jubilaciones, Salarios y otros 10% – Arrendamientos de bienes de capital, intereses comisiones y otros gastos financieros 15% – Otras retenciones por remesas al exterior (30%) – Espectáculos Públicos ocasionales 15%. Ley 7092.
D-103-2 Declaración Jurada de Retenciones en la Fuente por Dividendos y otras Participaciones: Dividendos, participaciones y asimilables a Dividendos – Rendimientos de Ahorros de Coop. Ahorro y Crédito y Asoc. Solidaristas – Excedentes de Cooperativas y similares – Excedentes de Asociaciones Solidaristas. Ley 7092.
D-104-2 Impuesto al Valor Agregado-Sistema Tradicional. Ley 6826.
D-106 Impuesto Selectivo de Consumo. Ley 4961.
D-107 Impuesto a los Casinos y Salas de juego. Ley 9050.
D-114 Impuesto Único a los Combustibles. Ley 8114 Simplificación y Eficiencia Tributaria.
D-117 Impuesto Específico a las Bebidas Alcohólicas. Ley 7972.
D-125 Impuesto de Rentas de Capital Inmobiliario. Art. 31 quáter, Ley 7092.
D-149 Impuesto Rentas de Capital Mobiliario. Art. 31 quáter, Ley 7092.
D-162 Impuesto Ganancias y Pérdidas de Capital. Art. 31 quáter, Ley 7092.
D-171 Impuesto Específico a las Bebidas Envasadas sin Contenido Alcohólico y Jabones
de Tocador. Ley 8114 Simplificación y Eficiencia Tributaria.
D-186 Impuesto sobre los Productos del Tabaco. Ley 9028. Ley General de Control del Tabaco y sus efectos nocivos para la salud.
D-187 Declaración Contribución Parafiscal Cruz Roja Costarricense. Ley N° 8690.
D-188 Declaración jurada de cobro de IVA de Proveedores e Intermediarios de servicios transfronterizos mediante internet y otras plataformas digitales.
D-169 Declaración informativa de percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en compras de servicios internacionales por medio de Internet o cualquier otra plataforma digital, Ley 7050.
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