Desde el 24 de enero de 2026 se encuentra vigente la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones, que establece un régimen especial de incentivos tributarios orientado a promover la ampliación de inversiones ya existentes en El Salvador. La norma aplica a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con al menos diez años de operación verificable en el país, y está dirigida exclusivamente a la expansión de actividades productivas en sectores considerados estratégicos.
La ley permite acceder a exenciones y créditos fiscales a las empresas que amplíen operaciones mediante nuevas líneas de producción, infraestructura productiva o logística, adquisición de maquinaria y equipos, o el desarrollo de centros de investigación e innovación, siempre que no se trate de simples reemplazos de activos ni implique reducción de operaciones preexistentes. Los sectores habilitados incluyen, entre otros, textil y confección, agroindustria, alimentos y bebidas, autopartes, electrónica, productos plásticos, calzado, industria químico-farmacéutica, materiales de construcción y fabricación de papel. Quedan excluidos quienes ya gocen de otros regímenes fiscales especiales o hayan perdido beneficios por incumplimientos legales previos.
El esquema de incentivos contempla créditos fiscales progresivos según el monto de la inversión de expansión: crédito sobre el Impuesto sobre la Renta para inversiones entre uno y diez millones de dólares; un crédito equivalente al 20 % para montos superiores a diez y hasta veinte millones; y del 30 % para inversiones que superen los veinte millones de dólares. Estos créditos se aplican únicamente sobre el excedente del mejor resultado fiscal declarado en los diez años previos, ajustado por inflación, y pueden acumularse hasta el vencimiento del plazo otorgado. Asimismo, se prevé la exención del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces para inmuebles destinados a la expansión, bajo condiciones de uso y permanencia.
La aplicación, control y supervisión del régimen corresponde al Ministerio de Economía y al Ministerio de Hacienda, con participación de la agencia INVEST. Los interesados deben presentar una solicitud con documentación técnica, financiera y fiscal detallada, sujeta a plazos breves de revisión. La normativa establece obligaciones de cumplimiento, auditoría e informes periódicos, habilita inspecciones y prevé la revocatoria de beneficios y el cobro retroactivo de tributos en caso de uso indebido, evasión o incumplimiento de las condiciones establecidas.
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Socio – El Salvador
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