, Revisión 360 de Propiedad Intelectual en Costa Rica

Revisión 360 de Propiedad Intelectual en Costa Rica

El 26 de abril se celebra el día mundial de la propiedad intelectual. En esta época de crisis, resulta importante señalar algunos puntos en los que, la investigación y desarrollo, pero sobre todo su correcta protección, toman especial importancia.

Límites al derecho de Patente – Patentes y licencias obligatorias –.

El Gobierno de Costa Rica realizó una petición a la Organización Mundial de la Salud (OMS), para que facilite “el acceso y uso de la propiedad intelectual de tecnologías para detectar, prevenir, controlar y tratar la pandemia del COVID-19″.

Si bien esta petición es una buena idea, existe una serie de mecanismos legales con los cuales habrá que trabajar ante esta posibilidad.

Ante la crisis de salud pública que se está viviendo a nivel mundial provocada por el COVID-19, muchos gobiernos están tomando medidas de carácter extraordinario para lidiar con las barreras que pueden suponer las patentes. Para ello, el método legal establecido se conoce como la concesión de licencias obligatorias, las cuales se dan durante un periodo de tiempo siguiendo un procedimiento establecido por la ley.

Nuestra Ley de Patentes contempla dicha posibilidad en su artículo 20, indicando que se puede dar toda vez que existan razones calificadas de extrema urgencia, interés público, emergencia o seguridad nacional. En este caso, el Poder Ejecutivo, mediante decreto, podrá someter la patente o la solicitud de la patente a licencia obligatoria en cualquier momento, aun sin acuerdo de su titular, para que la invención sea explotada por una entidad estatal o por terceros autorizados por el Gobierno, eso sí, deberá compensarle “razonablemente”

Derechos de Autor

Sin duda alguna, uno de los sectores más afectados con la crisis del COVID es el sector de los Artistas, Intérpretes y Ejecutantes (AIE), a los cuales, en Costa Rica aún no se les reconoce el pago de derechos de autor, aún existiendo los mecanismos legales para hacerlo como lo es la Convención de Roma, de la cual Costa Rica es parte.

Con el objetivo de dar un alivio económico a los artistas, la Asociación Intérpretes y Ejecutantes de Costa Rica (AIE), así como la Asociación de Compositores y Autores Musicales (ACAM), han puesto a disposición de sus agremiados, el destinar recursos de sus Fondos de Bienestar Social a aliviar la situación que se está atravesando, dotando de recursos para satisfacer necesidades básicas y esenciales en el corto plazo.

Para ello, han habilitado el formulario bajo el link https://forms.gle/RhccfHsG5HAz8WVf8 para las personas que lo necesiten.

Registro de Propiedad Industrial

Por su parte, el Registro de Propiedad Industrial, ha establecido una serie de medidas puntuales, para mantener la prestación de sus servicios, siempre buscando acatar las disposiciones sanitarias establecidas por las autoridades competentes de Gobierno.

A modo de resumen, el registro ha tomado las siguientes medidas:

  • Habilitación de un correo electrónico para envío de documentos relacionados con expedientes en materia de Propiedad Industrial.
  • Se habilitó la posibilidad de presentación de solicitudes de prórroga para aportar documentos, incluyendo los casos en que la Ley no permite la prorrogación de plazos.
  • En el caso de solicitudes con prioridad, se permite hacer referencia al link en el que conste el documento de prioridad evitando su presentación física.
  • Adicionalmente, cumpliendo con las directrices del Gobierno de Costa Rica, la Dirección ha reducido su personal dejando solamente el 20% del personal de forma presencial.

Para mayor información contáctenos en info@central-law.com

Ricardo Rodriguez
CENTRAL LAW
Costa Rica

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