La Ley No. 30-26 introduce modificaciones al Código Tributario y a diversas leyes especiales, incorporando cambios que inciden en el procedimiento tributario, el impuesto sobre la renta (ISR), el régimen aplicable a empresas y mipymes, la tributación sobre el patrimonio e inmuebles, así como en otros impuestos y contribuciones. Las disposiciones contenidas en esta normativa resultan aplicables a personas físicas, personas jurídicas e inversionistas.
Procedimiento tributario
La ley establece un plazo general de 30 días hábiles para el pago de deudas determinadas por la Administración Tributaria cuando la legislación no contemple un plazo específico. Asimismo, incorpora modificaciones relacionadas con la prescripción tributaria, los acuerdos de pago, los recargos por mora y un régimen extraordinario de amnistía fiscal vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 para la regularización de determinadas obligaciones y litigios tributarios. Adicionalmente, contempla descuentos sobre los recargos por pronto pago, cuyos porcentajes varían según la etapa de regularización.
Impuesto sobre la renta y medidas para empresas
En materia de impuesto sobre la renta (ISR), la reforma actualiza los montos exentos aplicables a personas físicas, mantiene la tasa del 27 % para personas jurídicas e incorpora una sobretasa temporal del 30 % para determinados contribuyentes con ingresos iguales o superiores a RD$1,000 millones durante el período 2026-2028.
Además, modifica los porcentajes de retención aplicables a determinadas operaciones, incluyendo honorarios profesionales, alquileres a personas físicas y ciertos pagos al exterior; incorpora cambios en el tratamiento de la ganancia de capital inmobiliaria y establece nuevas disposiciones para empresas y mipymes, entre ellas la reducción de anticipos para microempresas, la depreciación acelerada de determinados activos y ajustes al Régimen Simplificado de Tributación (RST), con la ampliación de sus límites y nuevas facilidades para pequeños negocios.
Patrimonio, inmuebles y otros tributos
La normativa también introduce modificaciones en materia de patrimonio e inmuebles, incluyendo cambios en la tributación de donaciones entre familiares, sucesiones y ganancias de capital derivadas de la enajenación de inmuebles, así como la eliminación del impuesto aplicable a la constitución de sociedades y a los aumentos de capital. Asimismo, reduce progresivamente el impuesto sobre el registro y conservación de hipotecas hasta su eliminación a partir de 2028.
De igual forma, incorpora ajustes en otros impuestos y contribuciones, entre ellos los aplicables a cheques y transferencias electrónicas, seguros de vida, vapeadores y productos de tabaco, la contribución de salida y el impuesto sobre los activos correspondiente al sector agropecuario, además de fortalecer las facultades de control de la Administración Tributaria sobre exenciones e incentivos fiscales.
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