Ante el aumento de casos de Covid-19 y muertes asociadas al virus, el Gobierno Nacional ha tomado la difícil decisión, de implementar estrictas medidas de confinamiento con el fin de reducir el número de personas que están al mismo tiempo en las calles, barrios y comercios, y controlar la velocidad de propagación del virus.
Se implementan las siguientes medidas:
Del 4 de enero al 14 de enero: cuarentena total y toque de queda de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. para las Provincias de Panamá y Panamá Oeste. SIN JORNADA LABORAL.
Los comercios permitidos abrirán hasta las 7:30 p.m. y las personas podrán ingresar a ellos por espacio de 2 horas dependiendo del último número de cédula o pasaporte.
Adicionalmente las mujeres sólo podrán circular los lunes, miércoles y viernes.
Hombres sólo podrán circular martes y jueves.
El sábado 9 y domingo 10 de enero son Cuarentena Total a nivel nacional SIN JORNADA LABORAL.
Excepciones a restricciones de movilidad
- Abogados
- Bancos, financieras, seguros, cooperativas y casas de empeño
- Veterinarias
- Restaurantes con autoservicio o a domicilio
- Supermercados, abarroterías y ferreterías
- Personal de aerolíneas y pasajeros
- Hoteles, hostales y pensiones
- Servicios de Seguridad
- Industria agropecuaria y agroalimentaria
- Funerarias, cementerios y crematorios
- Telecomunicaciones, call centers y medios
- Empresas con teletrabajo
Para más información, contáctenos en: info@central-law.com
Ana Cristina Arosemena Benedetti
Socia
Panamá