, EL SALVADOR – La Apostilla Eléctronica

EL SALVADOR – La Apostilla Eléctronica

El pasado 18 de enero de 2022 la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de Aplicación de la Apostilla Electrónica, la cual entrará en vigencia 180 días posteriormente a su publicación en el Diario Oficial. Su propósito es permitir la legalización de documentos públicos generados, digitalizados o reproducidos en soporte electrónico y eliminar procesos burocráticos a los que se enfrentan los salvadoreños residiendo en el exterior del país al momento de autenticar o certificar documentos de su interés.

Como miembro parte del Convenio de La Haya sobre la Eliminación del Requisito de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, la República de El Salvador pretende continuar el programa piloto de apostilla electrónica iniciado en 2018, y cumplir con el mencionado Convenio, así como modernizar la administración pública mediante la innovación y el uso de herramientas tecnológicas.

La apostilla tiene como objeto facilitar el uso de documentos públicos que hayan sido extendidos en el territorio salvadoreño y que deban surtir efecto en el exterior, evitando de esta manera la tradicional cadena de legalización. La Ley aprobada que contiene siete artículos, una vez entre en vigencia, permitirá a los salvadoreños validar legalmente y de manera gratuita documentos públicos como: partidas de nacimiento o defunción, títulos académicos, registros de matrimonio, resoluciones judiciales, entre otros.

Además, la presente normativa establece la posibilidad de emitir la apostilla de manera convencional (física como se ha realizado desde su implementación tradicional) o de manera electrónica (la nueva modalidad a implementar) según lo requiera el usuario solicitante; e instruye al Ministerio de Relaciones Exteriores de contar con un registro de firmas de los servidores públicos que emitan documentos públicos, incluyendo a funcionarios que sean nombrados a algún cargo y a los demás facultados para la emisión de documentos y certificaciones.

Asimismo, la aprobada ley impone la obligación a la Corte Suprema de Justicia a través de Oficialía Mayor de remitir al Ministerio de Relaciones Exteriores la lista de personas autorizadas para el ejercicio de la función notarial mensualmente para efectos de legalizar los documentos emitidos por estos, mediante la apostilla convencional; y una vez se implemente la Ley de Firma Electrónica remitir también las firmas electrónicas para efectos de legalizar los documentos emitidos por estos, mediante la apostilla electrónica.

A pesar de ser una corta normativa, en su elaboración se obtuvo participación de varios ministerios, incluyendo a los funcionarios de Ministerio de Hacienda, Relaciones Exteriores y Ministerio de Economía (en específico, el Departamento de Firma Electrónica); y se facultó al Presidente de la República para decretar el Reglamento que acompañe la implementación de la presente Ley.

Para más información, contáctenos en: info@central-law.com

Gabriela Guzmán

CENTRAL LAW en El Salvador

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