, ¿Cómo están reguladas las asambleas virtuales en Centroamérica?

¿Cómo están reguladas las asambleas virtuales en Centroamérica?

Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Panamá y República Dominicana permiten la celebración de reuniones de asambleas de compañías, bajo modalidad virtual.

Este avance en la legislación de la región centroamericana y del Caribe contribuye a que las empresas puedan discutir sus asuntos societarios de manera virtual fuera del domicilio de la sociedad y desde cualquier parte del mundo.

Entre los beneficios de esta modalidad virtual encontramos: 

  • Equivale a reunión con presencia física.
  • Puede ser total o parcialmente virtual.
  • Da libertad y flexibilidad para que los accionistas elijan de qué manera se hará la reunión.

Cada país establece determinadas condiciones para la implementación y validación de dichas reuniones. Por lo general, las regulaciones exigen que las escrituras constitutivas lo permitan o que los socios lo pacten con anterioridad.

La celebración de asambleas por medios digitales se ha vuelto cada vez más  común en el mundo de los negocios, por ello el apoyo legal es sumamente importante para las empresas en el desarrollo de sus operaciones en la actualidad.

Para más información, contáctenos en: info@central-law.com

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