, Honduras Refuerza el Control de Exoneraciones

Honduras Refuerza el Control de Exoneraciones

El 6 de mayo de 2025, el gobierno de Honduras publicó en La Gaceta el Acuerdo No. 143-2025, que contiene el Reglamento Contentivo de los Procedimientos de Control, Comprobación y Verificación de las Exoneraciones.

¿Qué es?

Un nuevo marco normativo que regula cómo la Dirección General de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras (DGEFFA), el Servicio de Administración de Rentas (SAR) y la Administración Aduanera de Honduras (AAH) verifican, controlan y auditan las exoneraciones tributarias y aduaneras.

¿A quién afecta?

A todas las personas naturales y jurídicas que actualmente gozan de exoneraciones otorgadas bajo leyes generales o regímenes especiales.

Puntos clave:

-La Secretaría de Finanzas (SEFIN) podrá auditar el cumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios de exoneraciones.

-Procedimientos administrativos con plazos estrictos: deben concluir en máximo 8 meses, prorrogables hasta 6 meses si la complejidad lo justifica.

-Los beneficiarios deberán proporcionar documentación certificada en un plazo de 10 días hábiles cuando les sea solicitada.

-El SAR y la AAH emitirán dictámenes técnicos que determinarán cumplimiento o irregularidades.

-El incumplimiento puede resultar en sanciones, cancelación de beneficios o determinaciones de impuestos adeudados.

-Los beneficiarios pueden interponer Recurso de Reposición contra las resoluciones, lo que suspende la ejecución mientras se resuelve.

¿Por qué es importante?

Representa un endurecimiento significativo en los controles de exoneraciones, con el objetivo de reducir abusos, garantizar prácticas fiscales justas y alinearse con recomendaciones internacionales de organismos como el FMI, BID y OCDE.

¿Cuándo entra en vigor?

Con vigencia inmediata desde su publicación el 6 de mayo de 2025.

Para mayor información o consulta contáctanos por info@central-law.com

Jorge Romero
Asociado Senior
Honduras

Iliana Salinas
Senior Tax Manager
Honduras

Fuente:

GACETA 6 DE MAYO DE 2025 36,830 SECCION A

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