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Laboral – Incrementos salariales

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En esta nota te comentamos acerca de los Incrementos salariales respecto de empleados que ganan más que el salario mínimo en CENTROAMÉRICA, PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA.

Nos consultan si en Centroamérica a los a los empleados que ganan más del Salario Mínimo Legal, una empresa está obligada a realizar un aumento salarial cada doce meses o anualmente, por ejemplo, por inflación?

GUATEMALA

No, no hay obligación de realizar aumento salarial por inflación para los trabajadores que ganan más del salario mínimo legal, a no ser que en el contrato de trabajo se haya otorgado dicho beneficio.

EL SALVADOR

No, no es una obligación legal practicar un incremento salarial. No obstante, habrá que revisar los términos de los Contratos de Trabajo de los empleados para verificar si la obligación podría tener base contractual. Favor tomar en cuenta que en El Salvador la costumbre de empresa es fuente de obligación en Derecho Laboral, por lo que, si se acostumbra a practicar incrementos de forma anual, ir en contra de esa costumbre podría implicar un incumplimiento denunciable por los trabajadores.

HONDURAS

No existe obligación legal de aumentar anualmente a quienes ganan más del salario mínimo salvo que exista algún contrato colectivo o acuerdo con el empleado de incrementar su salario en forma anual y habrá que cumplir con lo acordado.

La única exigencia legal es que un empleado no gane menos del salario mínimo legal establecido.

NICARAGUA

De conformidad con la legislación nacional, el empleador NO tiene obligación de realizar un aumento salarial anualmente a los trabajadores cuyos salarios están por encima del salario mínimo legal.

COSTA RICA

En la Legislación de Costa Rica no hay obligación de realizar aumentos salariales por inflación para aquellos empleados que ganan por encima del salario mínimo. No obstante, si estuviera estipulado en los contratos de trabajo, si habría que pagarlo, de acuerdo con el principio de que los contratos son ley entre las partes.

PANAMÁ

De conformidad con la Legislación Panameña, no existe una obligación legal de aumentar el salario cuando el mismo es superior al mínimo establecido. No obstante, es posible que, en caso de existir sindicato, la convención colectiva establezca ciertas obligaciones de aumentos anuales y en ese caso haya que pagarlos.

REPÚBLICA DOMINICANA

No, debido a que la única obligación legal que tiene el empleador es la de respetar el salario mínimo establecido, y no reducir el salario del trabajador. Como en el caso en cuestión, se trata de empleados que ganan por encima del salario mínimo, se aplica el libre juego de la oferta y la demanda para determinar los montos, es decir, es un tema de negociación entre empleador y trabajador.  Esto, salvo que exista un pacto colectivo en la empresa, donde se haya pactado un aumento anual de los trabajadores, lo cual cambiaría la situación.

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