Ampliación del Régimen de Importación Temporal (RIT)
El Congreso Nacional aprobó la ampliación de los beneficios fiscales del Régimen de Importación Temporal (RIT), fortaleciendo la inversión, el empleo y la competitividad del país.
Ampliación por 5 períodos fiscales
El Decreto extiende por cinco (5) períodos fiscales los beneficios e incentivos fiscales del Régimen de Importación Temporal (RIT), regulado desde 1984 y reformado por la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas.
- Importaciones temporales
- Incentivos fiscales vigentes
- Continuidad jurídica para el sector productivo
Beneficiarios del RIT
La ampliación aplica a:
- Empresas con beneficios vigentes al momento de entrada en vigor
- Empresas con período fiscal especial que vence en 2026
- Empresas cuyo beneficio concluyó el 31 de diciembre de 2025.
Todos podrán solicitar la ampliación conforme a la ley.
Instituciones responsables
La implementación corresponde a:
- Secretaría de Desarrollo Económico
- Secretaría de Finanzas (SEFIN)
- Dirección General de Exoneraciones
- Administración Aduanera de Honduras
Garantizando otorgamiento, control y fiscalización en tiempo y forma.
Impacto económico y empresarial
- Seguridad jurídica para inversionistas
- Continuidad de incentivos fiscales estratégicos
- Impulso al empleo y la competitividad nacional
- Fortalecimiento del clima de negocios en Honduras
Una medida clave para el crecimiento productivo del país.
Para mayor información contáctenos a info@central-law.com
Managing Partner – Honduras
Senior Tax Manager – Honduras
Legal Tax Manager – Honduras
Disclaimer: Este contenido es meramente informativo no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.




