, COSTA RICA – Proyecto de Ley: Atracción de trabajadores y prestadores remotos de servicios de carácter internacional

COSTA RICA – Proyecto de Ley: Atracción de trabajadores y prestadores remotos de servicios de carácter internacional

La Asamblea Legislativa se encuentra en proceso aprobar en segundo debate la nueva ley, tramitada bajo el expediente número 22215, que tiene como objetivo atraer personas extranjeras que trabajan y prestan servicios de manera remota, todo con el fin de otorgarle a los extranjeros estancias de mayor plazo en el país y mejorar el flujo económico del país. Este proyecto de ley generaría un tipo de estancia nuevo bajo la categoría migratoria de no residentes, la cual va a poder ser tramitada de manera digital en la Plataforma de la Dirección General de Migración y Extranjería.

 

Los requisitos para poder aplicar a esta categoría serán:

  1. Prueba documental que percibe una remuneración mensual estable, rentas fijas o un ingreso mensual promedio durante el último año, por un monto mínimo de USD $3.000,00. En caso de que la persona solicitante opta por pedir los beneficios para su familia, el monto deberá ser mínimo de USD $4.000,00.
  2. Obtener un seguro privado de servicios médicos que cubra a la persona solicitante y a su grupo familiar por toda la duración de su estancia en el país.
  3. Realizar el pago correspondiente de los impuestos migratorios para el otorgamiento de la visa.
  4. Presentar copia del pasaporte de los miembros del grupo familiar.
  5. Copia o certificado de nacimiento de los hijos.

Dichos requisitos podrán ser modificados por la Dirección General de Migración y Extranjería y su Reglamento.

 

El beneficio migratorio se otorgará por el plazo de un año, prorrogable por el mismo período. Del mismo modo, los extranjeros que decidan optar por este tipo de estancia gozarán de los siguientes beneficios:

  • Exención total del impuesto de sobre las utilidades, conocido como el Impuesto sobre la Renta.
  • Exoneración del pago de todos los impuestos de importación del equipo, herramientas, instrumentos o medio informáticos necesarios para llevar a cabo su trabajo o servicios.
  • La licencia de conducir emitida en el país de origen será válida para conducir en el territorio costarricense.
  • Apertura cuentas de ahorro en cualquier banco del sistema nacional.

 

Una vez que la ley se encuentre debidamente publicada en el Diario Oficial La Gaceta, el Poder Ejecutivo deberá elaborar y emitir el Reglamento de la Ley dentro de los dos meses siguientes a su entrada en vigencia.

 

Para mayor información contáctenos en info@central-law.com nuestro equipo de abogados expertos en Laboral y Migración está a su disposición para brindarle la asesoría que usted necesita.

Lic. Adolfo Jimenez Pacheco

Asociado

Departamento de Migración y Relocación

CENTRAL LAW en Costa Rica

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