El 3 de julio de 2026 fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta la Ley de Transparencia y Registro Centralizado de Beneficiario Final (RCBF). Si bien esta normativa responde principalmente a la necesidad de fortalecer la prevención del lavado de activos, la corrupción y otros delitos financieros, también tendrá importantes implicaciones para las empresas que operan en Honduras, especialmente desde una perspectiva tributaria.
Desde el ámbito fiscal, esta ley representa un avance significativo hacia una mayor transparencia de las estructuras corporativas y una mayor disponibilidad de información para las autoridades, facilitando la identificación de las personas naturales que, directa o indirectamente, poseen o ejercen el control de las personas jurídicas.
¿Qué deben hacer las empresas?
La ley obliga a las sociedades mercantiles, fideicomisos, fondos de inversión y demás estructuras jurídicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación a identificar y registrar a sus beneficiarios finales. Asimismo, deberán mantener esta información debidamente actualizada y presentar una declaración anual, incluso cuando no se hayan producido cambios en su estructura societaria.
Entre las obligaciones más relevantes se encuentran:
- Registro obligatorio de los beneficiarios finales ante el RCBF.
- Identificación de las personas naturales que posean o controlen, directa o indirectamente, al menos un 25 % de participación o que ejerzan control efectivo sobre la entidad.
- Actualización anual de la información y notificación de cualquier modificación en la estructura de propiedad o control.
- Conservación de la documentación e información que respalde la identidad y la participación accionaria o societaria de los beneficiarios finales.
- Conversión de las acciones al portador en acciones nominativas dentro de los plazos establecidos por la ley.
- Sociedades matrices que cotizan en bolsa: cuando una estructura incluya una sociedad matriz que cotiza en un mercado público de valores, esta circunstancia no debe asumirse automáticamente como una excepción para omitir la identificación de personas naturales. En estos casos, podría ser necesario reportar a las personas que ejerzan funciones de alta dirección o dirección efectiva dentro del órgano de gobierno correspondiente, dejando constancia expresa de que la persona reportada actúa en dicha calidad y no necesariamente como beneficiario final.
¿Por qué es relevante esta ley desde una perspectiva tributaria?
Aunque el Registro Centralizado de Beneficiarios Finales será administrado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), la información que concentre tendrá un evidente valor para los procesos de control, verificación y fiscalización tributaria.
Desde el punto de vista fiscal, conocer la titularidad real de una estructura y sus cadenas de propiedad permitirá a las autoridades analizar con mayor claridad quién ejerce el control efectivo y quién obtiene el beneficio económico final, más allá de la forma jurídica utilizada o de las entidades interpuestas dentro de la estructura.
Esto puede tener impacto en aspectos como:
1. Fiscalización de grupos empresariales
La identificación de los beneficiarios finales facilitará detectar estructuras que forman parte de un mismo grupo económico, incluso cuando operen mediante múltiples sociedades o jurisdicciones.
2. Operaciones entre partes relacionadas
La información sobre los beneficiarios finales podrá complementar los mecanismos de análisis de operaciones entre partes relacionadas, permitiendo a la autoridad evaluar con mayor precisión el grado de vinculación económica entre distintos contribuyentes.
3. Aplicación de normas antielusión
La información contenida en el Registro Centralizado de Beneficiarios Finales fortalecerá el análisis de la sustancia económica y permitirá a las autoridades evaluar si una estructura responde a fines comerciales legítimos o, por el contrario, ha sido diseñada para fragmentar, desviar u ocultar la titularidad efectiva de activos, ingresos o inversiones.
Bajo este enfoque, la transparencia respecto de quién ejerce el control real de una estructura permitirá contrastar la forma jurídica declarada con la realidad económica de las operaciones, aspecto especialmente relevante en procesos de fiscalización tributaria, reorganizaciones empresariales, operaciones intragrupo o estructuras de propiedad escalonadas.
4. Cruce de información tributaria
El registro constituye una nueva fuente de información que podrá utilizarse para contrastar los datos declarados ante la Administración Tributaria con la realidad económica de cada estructura corporativa.
5. Procesos de auditoría y debida diligencia
Las empresas deberán garantizar la consistencia entre la información reportada al RCBF y aquella contenida en sus declaraciones tributarias, registros corporativos, libros societarios y documentación de cumplimiento.
Aspectos que las empresas deberían revisar desde ahora
Con la entrada en vigor de esta ley, resulta recomendable que las empresas no esperen a que existan requerimientos o consultas por parte de las autoridades, sino que inicien de inmediato una revisión preventiva de sus estructuras corporativas y fiscales, incluyendo:
- Identificación de los beneficiarios finales directos e indirectos.
- Mapeo de las cadenas de propiedad nacionales e internacionales.
- Actualización de los libros y registros societarios.
- Revisión de la información de accionistas y de quienes ejercen el control efectivo.
- Revisión de estructuras que incluyan sociedades matrices que cotizan en bolsa, para determinar si corresponde reportar a personas naturales que integran el órgano de gobierno o ejercen funciones de dirección efectiva.
- Verificación de la consistencia entre la información corporativa y tributaria existente.
- Evaluación de posibles riesgos de incumplimiento y de las sanciones aplicables.
Conclusión
En este contexto, la nueva Ley de Transparencia y Registro Centralizado de Beneficiario Final constituye mucho más que una obligación corporativa adicional. Su implementación fortalecerá los mecanismos de control del Estado y proporcionará nuevas herramientas de análisis y fiscalización para las autoridades, particularmente en materia tributaria.
Por ello, las organizaciones no deben analizar esta normativa únicamente desde una perspectiva societaria o de cumplimiento regulatorio, sino también como un componente relevante de su estrategia de cumplimiento tributario. La adecuada identificación, documentación y actualización de los beneficiarios finales será fundamental para reducir riesgos y anticipar eventuales contingencias frente a futuras revisiones por parte de las autoridades competentes.
En CENTRAL LAW, nuestros equipos de Derecho Corporativo y Derecho Tributario trabajan de manera coordinada con los equipos legales internos de cada organización para analizar su estructura específica, identificar riesgos y diseñar estrategias adecuadas respecto de las acciones que deben implementarse. Si su empresa requiere asesoría en este proceso, no dude en contactarnos para evaluar el alcance de las obligaciones aplicables y definir una hoja de ruta de cumplimiento adecuada.
Para mayor información contáctenos a info@central-law.com
Legal Tax Manager – Honduras
Disclaimer: Este contenido es meramente informativo no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.




