El Gobierno de Nicaragua, a través del Ministerio del Interior y la Dirección General de Migración y Extranjería, publicó la Disposición No. 002-2026 que modifica las categorías migratorias de visas para el ingreso al país. Esta normativa entró en vigor el 16 de febrero de 2026 y establece una actualización de los requisitos migratorios conforme a la nacionalidad del visitante.
Según la disposición, ciudadanos de 69 países quedan exentos de visa para ingresar a Nicaragua. Entre los países incluidos en este grupo se encuentran Albania, Alemania, Argentina, Chile, Canadá, España, Rusia, Noruega, Sudáfrica y Uruguay, entre otros. Además, se mantiene la exención de visa para portadores de pasaportes diplomáticos, oficiales, de servicio, de asuntos públicos y especiales con los cuales Nicaragua tiene acuerdos de facilitación migratoria.
La nueva normativa indica que ciudadanos de 128 nacionalidades deberán tramitar una visa consultada, conocida como categoría migratoria “C”, para poder ingresar al país. Esta categoría implica que la visa debe ser obtenida y aprobada antes del viaje. En el caso de algunos países, como Emiratos Árabes Unidos, India, Irán, China, México, Perú, Serbia, Siria, Venezuela y Vietnam, la exigencia aplica específicamente para portadores de pasaportes ordinarios. Asimismo, se establecen disposiciones específicas de reciprocidad parcial para ciudadanos de Colombia y nicaragüenses nacidos en zonas particulares.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua ha sido instruido para notificar la medida a las representaciones consulares acreditadas, a las sedes consulares nicaragüenses en el exterior y a las autoridades nacionales competentes, con el fin de informar a las líneas de transporte aéreo, terrestre y marítimo sobre los cambios de vigencia a partir del 16 de febrero de 2026.
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