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Honduras | Laboral: el registro de contratos a tiempo parcial ya es obligatorio

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En el marco del Decreto Legislativo No. 45-2026, se establece un régimen especial para  la contratación a tiempo parcial, reconociendo esta modalidad como una forma válida de  prestación de servicios subordinados con jornada inferior a la ordinaria, garantizando  derechos laborales y de seguridad social en condiciones de igualdad y proporcionalidad. 

¿Qué deben saber los empleadores? 

La normativa dispone la obligatoriedad de registrar los contratos de trabajo a tiempo  parcial ante la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS), conforme a los siguientes plazos: 

  1. Hasta 30 días calendario para contratos cuya duración sea superior a ese período.
  2. Hasta 15 días hábiles para contratos inferiores a 30 días calendario. 

Incumplimiento: La omisión del registro dentro de los plazos establecidos puede derivar  en que la relación laboral sea considerada por tiempo indefinido y a jornada completa,  con las implicaciones legales correspondientes. 

Implementación del Registro Digital 

La STSS ha habilitado el Registro Digital de Contratos de Tiempo Parcial, con el objetivo  de: 

o Formalizar las relaciones laborales 

o Prevenir abusos e irregularidades 

o Generar información estadística confiable 

o Fortalecer la seguridad jurídica de las partes 

Este mecanismo representa un avance significativo en la modernización del sistema  laboral hondureño y en la promoción del cumplimiento normativo. 

¿Cómo podemos apoyarle? 

En CENTRAL LAW, le acompañamos no solo en la correcta elaboración y registro de  contratos, sino también en la prevención de riesgos legales, contingencias laborales y  posibles sanciones, asegurando que su empresa opere con pleno cumplimiento y  tranquilidad jurídica.

Para mayor información contáctenos a info@central-law.com

Delmer Sambrano

Asociado Senior

Disclaimer: Este contenido es meramente informativo no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.

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