, De la tinta al clic: entre la tradición y la innovación digital en Panamá

De la tinta al clic: entre la tradición y la innovación digital en Panamá

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En Panamá, la conversación sobre la firma electrónica no es nueva. Desde la aprobación de la Ley 51 de 2008 y sus reformas, se reconoce la validez de los documentos electrónicos y de la firma electrónica, incluida la firma electrónica calificada, como equivalentes jurídicos de los documentos en papel y de la firma autógrafa.

Sin embargo, la realidad es que aún nos encontramos con un contraste evidente: mientras en el mundo de los negocios se firman contratos y transacciones internacionales de manera digital, en el ámbito panameño predomina en la práctica la comparecencia física y la firma autógrafa.

La normativa actual permite el uso de la firma electrónica calificada, sin embargo, existe una percepción de “limitación” que frena su aplicación. Estamos frente a un tema urgente debido a los avances tecnológicos en la aplicación de la firma electrónica en el sistema notarial en Panamá.

El marco legal: avances importantes

La Ley 82 de 2012 introdujo modificaciones al Código Civil que permiten suscribir escrituras públicas mediante firma electrónica calificada. Es decir, desde un punto de vista normativo, Panamá ya abrió la puerta para que los actos solemnes, tradicionalmente vinculados al papel y a la presencia física, puedan formalizarse de manera digital.

Los retos a nivel notarial

Pese a los avances normativos, en la práctica muchos notarios, instituciones públicas y entidades privadas continúan exigiendo la firma autógrafa. El propio Estado solicita aún la firma autógrafa en la gran mayoría de los trámites administrativos. Aquí surge la pregunta: ¿se trata de una resistencia cultural o de una falta de claridad legal?

La Procuraduría General de la Nación, en su Opinión C-075-24, confirmó que la firma electrónica calificada es jurídicamente válida y como tal, los notarios deben aceptarla en las escrituras públicas cuando la ley así lo permite.

Lo cierto es que, aunque la opinión se limita a remitirse al marco normativo vigente, de su aplicación práctica se desprenden varios retos que requieren atención, tales como:

  • El uso de protocolos electrónicos notariales, que garanticen custodia y trazabilidad en un entorno digital.
  • La implementación de un sello digital notarial único, equivalente al sello físico que tradicionalmente respalda la fe pública.
  • La capacitación técnica del notariado, para asegurar que la fe pública pueda ejercerse con la misma seguridad en entornos electrónicos.

No estamos frente a un vacío legal, sino ante la necesidad de reglamentar y armonizar la práctica notarial con la normativa ya vigente. En otras palabras, el marco legal abrió el camino, pero aún falta precisar cómo debe recorrerse.

La modernización del sistema notarial en cuanto a la firma electrónica representa una oportunidad para Panamá, y es más que un tema de eficiencia: es un factor de competitividad. En un entorno globalizado, los inversionistas y empresas demandan trámites que puedan realizarse de manera remota y rápida, con la certeza jurídica de que sus actos puedan ser reconocidos sin objeción.

Para los ciudadanos y empresas se traduce en trámites más ágiles, menos costos, reducción de tiempos y mayor seguridad en la conservación de documentos.

Para el Estado: transparencia, digitalización de procesos y mejor control en la gestión pública.

Para el notariado: la posibilidad de reafirmar su rol como garante de confianza, ahora en el ámbito digital, fortaleciendo su relevancia en un mundo en transformación.

¿Qué sigue?

  1. Aclarar normativamente que la firma electrónica calificada sustituye sin excepciones a la firma autógrafa en actos notariales.
  2. Crear protocolos notariales digitales, con respaldo seguro, sellos de tiempo y auditoría electrónica.
  3. Implementar un sello electrónico notarial único, que dé certeza equivalente al sello físico.
  4. Capacitar al notariado en el uso de herramientas digitales y en gestión de riesgos cibernéticos.
  5. Impulsar proyectos piloto, con escrituras públicas totalmente digitales, que generen precedentes de confianza.

La transición “de la tinta al clic” es inevitable. La firma electrónica no busca desplazar al notario, sino fortalecer su función en un entorno donde la fe pública debe ejercerse con nuevas herramientas.

El notariado panameño tiene la capacidad de ser un aliado en esta transformación. No se trata de perder la solemnidad, sino de trasladarla al mundo digital con la misma confianza que por siglos nos dio el papel.

Para mayor información contáctenos a info@central-law.com

Ana Cristina Arosemena Benedetti

Panamá

Este contenido es meramente informativo, no es ni puede ser interpretado como una asesoría legal de su autor ni de CENTRAL LAW.

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