{"id":6478,"date":"2020-04-17T17:39:57","date_gmt":"2020-04-17T17:39:57","guid":{"rendered":"https:\/\/central-law.com\/empresas-servicios-beneficiarias-regimen-zona-franca-covid-19\/"},"modified":"2020-04-23T02:58:15","modified_gmt":"2020-04-23T02:58:15","slug":"empresas-servicios-beneficiarias-regimen-zona-franca-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/central-law.com\/en\/empresas-servicios-beneficiarias-regimen-zona-franca-covid-19\/","title":{"rendered":"Costa Rica: Las Empresas de Servicios Beneficiarias del Regimen de Zona Franca de Cara a la Pandemia del COVID-19. &#8211;"},"content":{"rendered":"<h2>1. De la globalizaci\u00f3n de la econom\u00eda \/ la exportaci\u00f3n de servicios. \u2013<\/h2>\n<p>\u201cThe international economic system has become global, while the political structure of the world has remained on the nation-state.\u00a0 The global economic \u00edmpetus is on removing obstacles to the flow of goods and capital\u201d<a href=\"#_edn1\" name=\"_ednref1\">[i]<\/a> (p. 368) <strong>WORLD ORDER,<\/strong> Henry Kissinger, Penguin Press, New York, 2014. (1)<\/p>\n<p>En una econom\u00eda globalizada, muchos de los servicios \u2013 entendidos como un conjunto de actividades que agregan valor a un producto, o a una persona \u2013 se prestan transfronterizamente, es decir de un pa\u00eds a otro, siendo que lo que viaja es el servicio.\u00a0 Por lo que podr\u00edamos decir que atendiendo a la modalidad de exportaci\u00f3n de servicios que se\u00f1ala el Acuerdo General Sobre Comercio de Servicios de la OMC, entre \u00e9stos se consideran: Ej. Una consultor\u00eda, un informe sobre una investigaci\u00f3n, o una capacitaci\u00f3n a distancia.\u00a0 Otra modalidad ser\u00eda la de consumo en el extranjero:\u00a0 Donde un consumidor extranjero hace uso del servicio prestado en otro pa\u00eds.\u00a0 Ej. Una contabilidad, auditor\u00eda, asesoramiento de inversi\u00f3n y administraci\u00f3n.\u00a0 Tambi\u00e9n los Servicios de Inform\u00e1tica entran como una modalidad m\u00e1s.\u00a0 Ej. Servicios de consultor\u00eda inform\u00e1tica, instalaci\u00f3n de equipo inform\u00e1tico, aplicaci\u00f3n de programas, elaboraci\u00f3n de programas y bases de datos.<\/p>\n<p>Costa Rica un pa\u00eds de gran belleza natural, que invierte en educaci\u00f3n un 7.6% del PIB (OCDE), y que invierte en salud un 9,9 % del PIB (OCDE Health at Glance 2015); aunado a esto, sus autoridades son conocedoras de que con 2 modernos aeropuertos, se encuentra a pocas horas de distancia en avi\u00f3n de las principales ciudades del medio Oeste y de la costa Este de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, y que al contar con servicios telem\u00e1ticos de clase mundial est\u00e1n a segundos de cualquier lugar del mundo; asimismo, se tienen parques de Zona Franca muy bien acondicionados gracias a la iniciativa privada \u2013 esto con la participaci\u00f3n de Instituciones, Empresas P\u00fablicas, y Universidades, y goza de un excelente clima social y econ\u00f3mico, refleja que se toma con mucha seriedad la atracci\u00f3n de inversi\u00f3n extranjera directa a este para\u00edso centroamericano que para el a\u00f1o 2018 alcanzaba los USD$2.134.2 MM (Fuente COMEX con base en cifras BCCR).<\/p>\n<h2>2. De la Zona Franca de Servicios. &#8211;<\/h2>\n<p>Dentro de los reg\u00edmenes especiales, se destaca el de Zona Franca, el cual, le permite a las empresas beneficiarias gozar de una serie de beneficios fiscales (exoneraciones), a cambio de realizar una inversi\u00f3n econ\u00f3mica en el pa\u00eds, y de \u00a0contratar y mantener una cantidad de empleados debidamente empadronados en la CCSS y pagar los impuestos con los que deba cumplir, todo ello sometido a un imbricado y complejo proceso de ingreso al r\u00e9gimen, sostenimiento en el r\u00e9gimen, y salida del r\u00e9gimen, donde participa PROCOMER, del Ministerio de Comercio Exterior, y de la Direcci\u00f3n General de Aduanas del Ministerio de Hacienda. \u00a0\u00a0Entre su marco legal y normativo se destaca la Ley 7210 (a\u00f1o 1990), Ley 8794 (a\u00f1o 2010) y Reglamentos: 36000 COMEX H-2010, 36725 COMEX H-2011, 40141 COMEX H-2017, Ley General de Aduanas y su Reglamento.\u00a0 Ley de creaci\u00f3n de COMEX y PROCOMER, Ley General de Aduanas y su Reglamento.<\/p>\n<p>Conceptualizamos una Zona Franca, como un \u00e1rea delimitada en Costa Rica, pero fuera del territorio aduanero nacional.\u00a0 En este se ubican empresas con actividades que se encuentran exentas del pago de impuestos y est\u00e1n habilitadas por el Poder Ejecutivo.\u00a0 Hay 2 tipos: i- Parques industriales dentro del Parque, y ii- Fuera del Parque.\u00a0 Categor\u00edas: a- Procesadoras para la exportaci\u00f3n, b- Comerciales,<strong><u> c) Servicios, <\/u><\/strong>ch) Administradoras, d) Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica, e) Astilleros y Diques, f) Procesadoras para la exportaci\u00f3n o no \/ Proveedores.<\/p>\n<p>Estas empresas cumplen con una serie de requisitos de ingresos, dentro de los cuales quiero simplemente mencionar algunos:<\/p>\n<ul>\n<li>Deben realizar una Inversi\u00f3n nueva inicial dentro del parque,<\/li>\n<li>Se cuenta hasta con 3 a\u00f1os para completar,<\/li>\n<li>Deben tener un m\u00ednimo de 100 empleados empadronados en la CCSS,<\/li>\n<li>Deben definir el nivel m\u00ednimo de empleados,<\/li>\n<li>Deben iniciar operaciones productivas dentro de 3 a\u00f1os a partir de publicaci\u00f3n del acuerdo,<\/li>\n<li>Deben Estar inscrito en la CCSS y como contribuyente ante Tributaci\u00f3n,<\/li>\n<li>Deben definir la actividad seg\u00fan la clasificaci\u00f3n CAECR del Reglamento de Zona Franca<\/li>\n<li>Llenar la solicitud para acogerse al r\u00e9gimen ante Procomer y obtener la condici\u00f3n de Auxiliar de la Funci\u00f3n P\u00fablica Aduanera.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Satisfacerlos no es para nada sencillo, una vez que estas empresas que se inscriben en el \u201cR\u00e9gimen de Servicio de Exportaci\u00f3n\u201d, se les otorga un c\u00f3digo o n\u00famero seg\u00fan actividad econ\u00f3mica (CAECR), Detalle de clasificaci\u00f3n (Actividades), y se hace un Detalle de los servicios a prestar.\u00a0 A partir de este momento, y contando con el Acuerdo Ejecutivo debidamente publicado en La Gaceta, nacen muchas obligaciones que deben ser cumplidas al pie de la letra, so pena de incurrir en sanciones administrativas, civiles y penales, pudiendo llegar a hacerle incurrir en la revocatoria del r\u00e9gimen a dicha empresa.<\/p>\n<p>Igualmente mencionar\u00e9 algunas obligaciones a las que estas empresas de servicios est\u00e1n sujetas:<\/p>\n<ul>\n<li>Deben cumplir con los requerimientos de PROCOMER, autoridades tributarias y aduaneras para el ejercicio de sus funciones de control.<\/li>\n<li>Establecer sistemas contables y operativos que permitan el control permanente de la entrada, permanencia y salida de materias y mercanc\u00edas. Debe poder determinarse el uso, la transformaci\u00f3n y ubicaci\u00f3n de dichos bienes.<\/li>\n<li>Debe facilitarse a PROCOMER y autoridades tributarias y aduaneras toda la colaboraci\u00f3n para el ejercicio de sus funciones de control, incluyendo un \u00e1rea de trabajo con las condiciones b\u00e1sicas y acceso a los sistemas inform\u00e1ticos para ejecutar sus labores.<\/li>\n<li>Mantener un inventario actualizado de los bienes internados.<\/li>\n<li>Presentaci\u00f3n del informe anual de operaciones a PROCOMER.<\/li>\n<li>Cumplir con las regulaciones ambientales, urban\u00edsticas, sanitarias y dem\u00e1s.<\/li>\n<li>Mantener al d\u00eda los permisos de operaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Cumplir con los niveles m\u00ednimos de inversi\u00f3n inicial, inversi\u00f3n proyectada, empleo y dem\u00e1s del acuerdo.<\/li>\n<li>Mantenerse al d\u00eda con la CCSS, y Tributaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El r\u00e9gimen sancionatorio dispuesto en la ley, le supone a la empresa alguna multa econ\u00f3mica, o la supresi\u00f3n precautoriamente, por un plazo que va desde un mes hasta un a\u00f1o, uno o varios de los incentivos a los que se hizo beneficiario, o revocar el R\u00e9gimen de Zonas Francas sin responsabilidad para el Estado, a las empresas que incumplan con lo que nos interesa, \u201c\u2026incumplir con los nuevos niveles de inversi\u00f3n, empleo, valor agregado nacional y otros contemplados en el respectivo Acuerdo Ejecutivo, o cesar operaciones o abandonar sus instalaciones sin haber obtenido autorizaci\u00f3n previa, en la forma en que se se\u00f1ala reglamentariamente, o no cumplir con las regulaciones ambientales, urban\u00edsticas, sanitarias y dem\u00e1s.<\/p>\n<h2>3. De algunas medidas temporales que se han tomado por el COVID-19, que involucran a las zonas francas de servicios. &#8211;<\/h2>\n<p>Partiendo de que el Presidente de la Rep\u00fablica en conjunto con el Ministro de la Presidencia y Ministro de Salud, firmaron el Decreto Ejecutivo 42227 el pasado 16 de marzo de 2020, que decret\u00f3 la EMERGENCIA NACIONAL por el COVID-19, y con \u00e9ste la posibilidad de establecer toda clase de medidas \u2013 entre ellas laborales- para la salvaguarda, y tutela de la vida y la salud de los costarricenses; asimismo darle un tratamiento excepcional a las decisiones estrat\u00e9gicas para socavar la pandemia a nivel nacional, ante un estado de necesidad y urgencia, ya que se requieren adoptar medidas inmediatas y eficaces, se han venido emitiendo algunas que vale la pena tener a la mano:<\/p>\n<ul>\n<li>Comunicado del 11 de abril de 2020, con el fin de aplanar la curva de contagio en el territorio nacional por el COVID-19, atenuar sus efectos colaterales, el Gobierno de la Rep\u00fablica de Costa Rica, anuncia las nuevas medidas de restricci\u00f3n a regir del 13 al 30 de abril de 2020.<\/li>\n<li>Resoluci\u00f3n MS DM-2658 Ministerio de Salud, San Jos\u00e9, de las 11 horas del 11 de abril de 2020.<\/li>\n<li>Lineamientos Nacionales para la Vigilancia de la infecci\u00f3n por Coronavirus: Medidas administrativas temporales para la atenci\u00f3n de actividades de concentraci\u00f3n masiva debido a la alerta sanitaria por el COVID-2019 del Ministerio de Salud. Versi\u00f3n 16, del 13 de abril de 2020.<\/li>\n<li><strong>Comunicado sobre Teletrabajo en Zonas Francas, de la Direcci\u00f3n de Aduanas del Ministerio de Hacienda, Procomer y Ministerio de Comercio Exterior, del pasado 19 de marzo de 2020.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>(*)\u00a0\u00a0 Debemos tener presente que los referidos lineamientos y restricciones que emanan del Ministerio de Salud, se encuentran en constante revisi\u00f3n, por lo que este ejercicio debe ser realizado peri\u00f3dicamente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De lo anterior, podemos decir que las empresas de servicios de Zona Franca pueden seguir operando siempre y cuando se observen las siguientes reglas:<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que brinden servicios de atenci\u00f3n al p\u00fablico podr\u00e1n seguir operando con una capacidad al 50%. En este caso en un horario de lunes a viernes de 5 a.m. a 7 p.m. como medidas de mitigaci\u00f3n del brote.<\/li>\n<li>Deber\u00e1n acatar en todo momento las medidas de limpieza, sanitaci\u00f3n y distanciamiento social ya conocidas.<\/li>\n<li>Son restricciones que se aplicar\u00e1n del 13 de abril al 30 de abril de 2020.<\/li>\n<li><strong>Excepcionalmente esto no le aplica al establecimiento con permiso sanitario de funcionamiento <u>que no brinda atenci\u00f3n al p\u00fablico presencial,<\/u> por lo que est\u00e1 exceptuado de sujetarse al horario de 5 a.m. a 7 p.m. entre semana; y s\u00e1bados y Domingos. <\/strong><\/li>\n<li><strong>El teletrabajo tambi\u00e9n est\u00e1 autorizado, por lo que se puede trasladar el equipo de c\u00f3mputo y mobiliario necesario e indispensable para que sus empleados puedan desplegar las funciones propias de su cargo en forma similar a como lo har\u00edan en la sede de trabajo del empleador.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Estas empresas deber\u00e1n llevar un control y registro que detalle el n\u00famero de identificaci\u00f3n del activo y nombre e identificaci\u00f3n de la persona asignada para el uso de tales equipos, as\u00ed como la ubicaci\u00f3n de su domicilio o lugar donde el empleado vaya a teletrabajar y proceder a comunicarlo a la Aduana de Jurisdicci\u00f3n, con copia a PROCOMER.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Las empresas beneficiarias que recurran a la modalidad de teletrabajo, deber\u00e1n ajustarse a las disposiciones de la Ley para regular el Teletrabajo.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Las empresas beneficiarias ser\u00e1n responsables por los da\u00f1os, p\u00e9rdidas y robos del equipo m\u00f3vil que sea retirado del \u00e1rea habilitada como Zona Franca, quedando obligadas al pago de los tributos correspondientes.<\/strong><\/li>\n<li><strong>Tanto PROCOMER, como la Direcci\u00f3n General de Aduanas y Ministerio de Trabajo, podr\u00e1n requerir la presentaci\u00f3n de los controles, registros e informaci\u00f3n relacionada con el mecanismo que contempla esta comunicaci\u00f3n.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<h2>4. Comentario Final. &#8211;<\/h2>\n<p>Ya vemos que hay normas generales que emanan del Ministerio de Salud en torno a esta pandemia del COVID-19, que obliga a las empresas beneficiarias de Zona Franca de servicios a observar como las medidas para la mitigaci\u00f3n del brote referidas en el punto 2 anterior, y estoy seguro que se cumplen al 100 % por los obligados.<\/p>\n<p>Por otra parte, tambi\u00e9n hay que entender que a pesar de la pandemia del COVID-19, estas empresas beneficiarias de Zona Franca de servicios tienen obligaciones que cumplir propias del r\u00e9gimen, que no han sido cesadas, ni tampoco suspendidas, tales como de inversi\u00f3n, de empleo, valor agregado nacional y otros contemplados en el respectivo Acuerdo Ejecutivo.<\/p>\n<p>Esto significa que no pueden cesar operaciones o abandonar sus instalaciones sin haber obtenido autorizaci\u00f3n previa de las referidas entidades rectoras, ni tampoco pueden dejar de cumplir con las regulaciones ambientales, urban\u00edsticas, sanitarias y dem\u00e1s a las que est\u00e1n sujetas.<\/p>\n<p>No menos importante, resulta la proyecci\u00f3n econ\u00f3mica y social hacia la comunidad del lugar que les ha acogido (donde han decidido establecerse), facilit\u00e1ndose por medio de la Municipalidad del lugar la permisolog\u00eda para la operaci\u00f3n, la cual vela tambi\u00e9n para que la zona cuente con los servicios p\u00fablicos e infraestructura adecuados.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n debemos destacar que las tareas autorizadas est\u00e1n pensadas para ser cumplidas esencialmente desde el recinto f\u00edsico que les fue habilitado para su operaci\u00f3n por las Autoridades y no de manera virtual, ya que como dijimos la Zona Franca constituye un territorio aduanero nacional, es decir un \u00e1rea delimitada en Costa Rica con controles muy puntuales y rigurosos que deben ser satisfechos por sus beneficiarios.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Quiero terminar diciendo que, el car\u00e1cter temporal y excepcional de \u00e9stas medidas, hacen pensar que superado este evento \u2013 que esperemos sea prontamente -, todo vuelva a la normalidad, sin mayores cambios disruptivos en la operaci\u00f3n normal de estas empresas beneficiarias de Zona Franca de servicios, por lo que las relaciones con proveedores de bienes y servicios deben sostenerse en la medida de las posibilidades, con el \u00fanico af\u00e1n de darle continuidad al negocio, y la reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica sea m\u00e1s f\u00e1cil, esto en el tiempo en que la curva del riesgo de contagio del COVID-19 sea aplanada o vencida, seg\u00fan informa el Ministerio de Salud.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Mauricio Ramirez<\/strong><br \/>\nAsociado<br \/>\nCENTRAL LAW<br \/>\nCosta Rica<\/p>\n<p><a href=\"#_ednref1\" name=\"_edn1\">[i]<\/a> Traducci\u00f3n libre: \u201cEl sistema econ\u00f3mico internacional se ha vuelto global, mientras la estructura pol\u00edtica del mundo se ha mantenido en el Estado &#8211; Naci\u00f3n.\u00a0 El impet\u00fa econ\u00f3mico mundial est\u00e1 en la eliminaci\u00f3n de los obst\u00e1culos para la circulaci\u00f3n de los bienes y capitales\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>1. 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